sábado, 25 de enero de 2020

Comentario. La verdad sobre las pagas de los diputados y ministros cesados.


Desde la formación del nuevo Congreso de los Diputados y del nuevo Gobierno, se han publicado en redes sociales y servicios de mensajería cadenas, mensajes e imágenes diciendo que vicepresidentes, ministros y diputados tendrán un sueldo para toda la vida por estar en la Cámara Baja o en el Ejecutivo de Pedro Sánchez. Son bulos.
Los ministros y vicepresidentes reciben una paga de como máximo dos años al dejar el cargo, pero no un sueldo vitalicio

Los exministros y exvicepresidentes no tienen derecho a un sueldo vitalicio. Lo que pueden obtener una vez han dejado su cargo es una paga mensual durante el mismo tiempo que hayan estado en el cargo, pero sólo hasta un máximo de dos años.
Es decir, que si ejercen durante un año como ministros tienen derecho a un año de sueldo, pero si están más de dos años sólo podrán obtenerlo durante dos. Esta indemnización es del 80% del total de su salario percibido durante su tiempo en el cargo, y está regulada en la Ley 74/1980 (art. 10.5).
Así, en España el sueldo de ministro en España, de acuerdo con los presupuestos vigentes desde 2018, es de 76.088 euros al año para los vicepresidentes y de 71.424,12 euros para los ministros (art. 20). Por lo tanto, un exvicepresidente podría cobrar como máximo 60.870,43 (el 80% de su sueldo anual) al año durante dos años, y un exministro 57.139,30 euros al año durante el mismo tiempo, siempre que estén dos o más años en el cargo.
Los expresidentes del Gobierno sí que tienen derecho a percibir una paga vitalicia, creada por Felipe González en 1992.
Los diputados tampoco tienen sueldos para toda la vida
Con respecto a los diputados, hay dos tipos de indemnizaciones que pueden percibir cuando dejan su cargo: una para el período entre la disolución de la cámara y la formación de la siguiente para los miembros de la Diputación Permanente, y otra por el cese de un diputado que haya ocupado el cargo un tiempo superior a dos años. El motivo de estas indemnizaciones es, entre otros, "la carencia de cobertura por desempleo de quien desempeña el mandato parlamentario", según especifica el Reglamento de pensiones parlamentaria. Es decir, tiene derecho a paro. Os lo explicamos.
Según estipula el Régimen Económico y Ayudas a los Señores Diputados, los diputados miembros de la Diputación Permanente tanto titulares como suplentes tienen derecho a recibir una indemnización al disolverse la cámara. Esta indemnización no es vitalicia, sino que la percibirán "a partir del primer día del mes siguiente al de la disolución de la cámara o al de la expiración de su mandato [...] hasta el día anterior al de la constitución de la nueva cámara". Es decir, desde que se disuelve una cámara hasta que se forma otra. La cuantía de esta indemnización será equivalente a "la totalidad de lo que venían percibiendo en el momento de la disolución o de la expiración del mandato".

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