Hace un siglo, el 11 de marzo de 1919, reinando Alfonso
XIII, se decretó el Retiro Obrero Obligatorio. Un mes más tarde se estableció
la jornada laboral de 8 horas. Fueron los primeros logros de la clase
trabajadora y el movimiento sindical que venía movilizándose en situaciones de
casi clandestinidad desde hacía unas décadas. Con el objetivo de no morir de agotamiento
y de hambre al llegar a la vejez, comenzaba la conquista de los derechos
sociales. Ambos proyectos los elaboró el Instituto Nacional de Previsión (INP),
organismo creado en 1908 para abordar los conflictos sociales. Recordemos en qué
consistía el Retiro Obrero Obligatorio:
La idea inicial era establecer una financiación
tripartita (estado, empresarios, obreros), pero los salarios de supervivencia
imposibilitaban el ahorro. La contribución anual del Estado por cada trabajador
se fijó en 12 pesetas, la de los empresarios en 36, sumando en total 48 pesetas
anuales. Al comienzo los trabajadores estaban exentos de cotizar, aunque lo
podían hacer de forma voluntaria para mejorar la pensión o adelantar la edad de
jubilación. La patronal se negaba a pagar, pero tuvieron que asumirlo como contribución
a la pacificación social.
La medida favorecía a trabajadores de entre 16 y 65
años con ingresos inferiores a 4.000 pesetas anuales. Es decir, era un seguro
para las profesiones peor pagadas. Se abonaría una pensión vitalicia de una
peseta al día, 365 pesetas anuales. Al entrar en vigor el 24 de julio de 1921,
estaba previsto acoger a siete millones de trabajadores. Los fondos los administraba
el INP a través de cajas de ahorro colaboradoras. A diferencia del actual Sistema
Público de Pensiones, el funcionamiento era descentralizado y autónomo a nivel
territorial. El patrón abría a cada trabajador una libreta en las cajas de la
población donde se ubicaba la empresa.
En 1919 se pasó del mutualismo privado al seguro
obligatorio, como ayuda asistencial. Durante la Dictadura y sobre todo las
luchas obreras, ampliaron y reforzaron el Sistema Público de Pensiones como
modelo de reparto solidario, intergeneracional e interterritorial. La II
República (1931) convirtió el seguro de vejez, invalidez y muerte, en derecho básico.
La ley aprobada en vísperas de la Guerra Civil (1936) no entró en vigor.
El fin de la pensión, no obstante, no era mantener un
nivel de renta digno, sino evitar la indigencia. Recursos mínimos para que los obreros,
si llegaban a los 65 años, pudiesen sobrevivir los 10 años restantes de esperanza
de vida. Hoy las expectativas son casi el doble en los hombres (19 años) y más
todavía en las mujeres (23 años).
Se decía: “El
asalariado con su trabajo rinde una utilidad que, si de modo inmediato se
atiende con el salario, no significa éste una compensación justa en proporción
al desgaste orgánico; y por tanto, el
patrono, en conciencia, debe cooperar a remediar las necesidades del mañana,
cuando el obrero, por el desgaste sufrido, no pueda ser útil a la producción;
de modo que en este sentido la aportación patronal no es otra cosa que la parte
de un salario que se reserva para atender las necesidades que tendrá el obrero
en su vejez. La aportación patronal, en cierto modo, es un salario diferido”.
En 1919 no cabía aspirar a un nivel de ingresos para
vivir dignamente. Se trataba de evitar la mendicidad a una edad en la que el
agotamiento físico no permitía seguir trabajando. El salario medio en la
industria, siendo de los más elevados, no superaba las 10 pesetas diarias. Las
365 pesetas de pensión anuales representaban el 10% de los ingresos en activo.
Era una tasa de sustitución mísera. En la actualidad supone un 80% de la
retribución previa a la jubilación.
La capitalización de fondos acumulados para pensiones
permitió realizar inversiones sociales en educación, sanidad y vivienda. Hasta
fechas recientes se ha dedicado el superávit de las cotizaciones a la Seguridad
Social para financiar otros proyectos. Desde sus orígenes, las pensiones
públicas soportan los costes del estado de bienestar del conjunto de la población.
A través de generaciones, estas cotizaciones han posibilitado el desarrollo
económico. Justo es que el reparto de la riqueza sea más equitativo. Las pensiones
de subsistencia son historia. Quienes han dedicado gran parte de su existencia a
trabajar, tienen derecho a una vida de calidad
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